Tabla de contenido:
- ¿Quién debe licenciar a su perro?
- ¿Cuántos perros y / o gatos puedo tener?
- Obtener una licencia de perro en el condado de Washoe
- Código del Condado de Washoe 55.340
¿Quién debe licenciar a su perro?
Los dueños de perros que viven en Reno, Sparks o áreas congestionadas del Condado de Washoe deben tener licencia para perros de cuatro meses o más. Para saber si vive en un área congestionada con fines de licencia de perros, consulte el Mapa de Áreas Congestionadas por Animales y busque en su dirección.
¿Cuántos perros y / o gatos puedo tener?
Las regulaciones del Condado de Washoe permiten hasta tres perros por residencia en las áreas incorporadas de Reno y Sparks y en áreas congestionadas de animales del Condado de Washoe. Se permiten hasta siete gatos por residencia en las áreas incorporadas de Reno y Sparks. Si excede estos límites, o planea hacerlo, debe obtener un permiso de criadero o jaula.
Obtener una licencia de perro en el condado de Washoe
Las licencias para perros del Condado de Washoe se pueden obtener a través de una solicitud en línea, descargando una solicitud y enviándola por correo, o en persona a los Servicios Regionales de Animales del Condado de Washoe, 2825-A Longley Lane en Reno. Se debe incluir una copia del certificado de vacunación contra la rabia vigente para cada perro. Para más información, llame al (775) 353-8901. Las tarifas de licencia anual son las siguientes …
- Sin alterar - $ 20
- Spayed o neutralizado - $ 8
- Jubilado (65+) - $ 8
Código del Condado de Washoe 55.340
Se requiere licencia de perros en áreas congestionadas; licencia anual; matrícula; etiquetas de licencia; Ilegal de no licenciar.
1. Dentro de un área congestionada en el condado, toda persona que tenga o mantenga a un perro mayor de 4 meses, dentro de los 30 días posteriores a la edad del perro, o después de haber llevado a un perro a un área congestionada para mantenerlo y mantenerlo, deberá: obtener y posteriormente mantener para el perro una licencia de perro vigente y válida emitida por el condado y deberá cumplir con las disposiciones de vacunación de la sección 55.580.
2. Cada licencia canina emitida por el condado será anual y se renovará anualmente dentro de los 30 días posteriores a la fecha de vencimiento de la licencia.
Después de esta fecha, se cobrará una multa por la licencia tardía.
3. La tarifa de la licencia se establecerá y podrá ser modificada de vez en cuando por la junta de comisionados del condado.
4. Tras la exhibición del certificado de vacunación adecuado de conformidad con las disposiciones de la sección 55.590 y el pago de la tarifa de la licencia, el condado emitirá:
(a) Un certificado que indique el año de licencia para el cual se pagó la tarifa de la licencia, una descripción del perro, la fecha de pago y el nombre y la dirección de residencia de la persona a la que se le otorgó la licencia.
(b) Una etiqueta de metal o plástico numerada para corresponder con la licencia o el certificado de registro con el año de la licencia sellado en la misma.
5. La licencia de perro no es transferible de un perro a otro.
6. No se realizará ningún reembolso en ninguna tarifa de licencia de perro debido a la muerte del perro o del propietario que se muda fuera del condado antes de la expiración del período de licencia.
7. Es ilegal que el dueño de cualquier perro mantenga o mantenga al perro en cualquier área congestionada a menos que tenga la licencia que se proporciona en este capítulo. §38, ord.
No. 1207
Fuente: Servicios Regionales de Animales del Condado de Washoe.